Reivindicación de la porción obligatoria suplementaria: Protección de la porción obligatoria en caso de donaciones vitalicias del testador.

La reclamación de la porción obligatoria suplementaria, según el artículo 2325 del Código Civil alemán (BGB), garantiza que quienes tengan derecho a ella no se vean perjudicados por las donaciones del fallecido que reduzcan el patrimonio. Esto garantiza una porción obligatoria justa, incluso si el fallecido realizó donaciones en vida que pudieran disminuir el valor del patrimonio.

Paso 1: Identificar los dones relevantes

En primer lugar, se consideran todas las donaciones realizadas por el fallecido en los diez años anteriores a su fallecimiento. Estas donaciones se incorporan al patrimonio contable, creando así un patrimonio ficticio. Este patrimonio ficticio sirve de base para calcular la parte complementaria obligatoria, como si el patrimonio siguiera existiendo en la misma medida que las donaciones.

Paso 2: Aplicación del control de fusión

Para contabilizar adecuadamente el valor de las donaciones a lo largo del tiempo, este se reduce anualmente, un proceso conocido como «regla de reducción gradual». El valor de la donación disminuye un 10 % cada año, a partir del segundo año antes del fallecimiento del testador. «Esto significa que las donaciones realizadas el año anterior al fallecimiento se computan íntegramente, mientras que en el décimo año solo computan un 10 % y, a partir del undécimo año, no se consideran en absoluto», explica el abogado István Cocron.

Porcentaje de crédito por año:

 

Año desde la donaciónPorcentaje De Crédito
Año100 %
Año90 %
Año80 %
… … 
Año10 %
A partir del año 110 %

Paso 3: Cálculo del valor ficticio del patrimonio

El patrimonio real se incrementa con el valor reducido de las donaciones, lo que da lugar al patrimonio ficticio. Este patrimonio ficticio es el valor sobre el que se calcula la parte obligatoria.

Patrimonio ficticio = patrimonio + valores de donación reducidos

Paso 4: Determinación de la cuota de acciones obligatorias y del reclamo del suplemento de acciones obligatorias

1. Cuota obligatoria: En primer lugar se determina la cuota obligatoria legal de la persona con derecho, por ejemplo una cuarta parte (1/4) por cada hijo único.

2. Cálculo de la reclamación de la porción obligatoria suplementaria: La tasa de la porción obligatoria se aplica al valor nominal del patrimonio y luego se reduce con la porción obligatoria existente del patrimonio real. El resultado es la reclamación de la porción obligatoria suplementaria.

Reclamación de porción obligatoria suplementaria = cuota de porción obligatoria x patrimonio ficticio – porción obligatoria del patrimonio real

«La reivindicación de la porción obligatoria suplementaria garantiza así una cantidad adicional para aquellos que tienen derecho a una porción obligatoria para garantizar que reciban su porción obligatoria a pesar de las donaciones del testador», explicó el abogado Cocron.

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