Quien renuncia a una herencia generalmente pierde su condición de heredero. Sin embargo, en ciertas situaciones, se mantiene el derecho a la parte obligatoria, especialmente si el heredero ha sido desfavorecido o desheredado por testamento.
🔹 1. El principio
El derecho a una parte obligatoria sólo subsiste si se renuncia a una herencia restringida o gravada .
Esto se aplica, por ejemplo, si el testamento
- cargar al heredero con una condición o una orden de división o
- le concede una parte menor a la legalmente establecida.
En tal caso, el heredero pierde su condición de heredero, pero conserva su derecho a la parte obligatoria (§ 2306 BGB).
🔹 2. No hay suplemento obligatorio de porción en caso de renuncia voluntaria
Quien rechaza una herencia libre de cargas –por ejemplo, porque el patrimonio está sobreendeudado o no hay intereses– no tiene derecho a una parte obligatoria .
La parte obligatoria sólo nace en caso de desheredación (§ 2303 BGB).
Por lo tanto, quien renuncia voluntariamente a su herencia se deshereda efectivamente a sí mismo , es decir, no puede reclamar ninguna parte obligatoria.
🔹 3. Ejemplo práctico
El testador nombra a su hijo como heredero, pero le obliga a cuidar de su madre durante el resto de su vida.
El hijo puede renunciar a la herencia (§ 2306, apartado 1, frase 2 del BGB) y posteriormente reclamar la parte obligatoria (§ 2303 del BGB).
Si el hijo se niega porque el patrimonio está sobreendeudado ,
➡️ sin reclamo de acciones obligatorias ,
ya que en este caso no hay desheredación.
🔹 4. Caso especial: Cláusulas penales relativas a las acciones obligatorias en el Testamento de Berlín
En los testamentos conjuntos de los cónyuges que contienen las llamadas cláusulas penales por reclamar una parte obligatoria, una renuncia puede interpretarse como una afirmación de la parte obligatoria .
Esto puede llevar a una exclusión completa en el segundo caso de herencia.
➡️ Por ello es muy recomendable realizar una revisión legal antes de renunciar a la herencia.
💡Conclusión :
Renunciar a una herencia siempre debe considerarse cuidadosamente. Puede ser aconsejable si el testamento perjudica al heredero, pero suele conllevar la pérdida del derecho a una parte obligatoria si se hace sin tales motivos.
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